DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO EN EL TRABAJO

En el Perú, por cada S/1 que ganan los hombres, las mujeres reciben S/0.72 en las mismas condiciones de trabajo, esto de acuerdo a cifras propuestas por INEI en 2019. Además, en el Informe de El Comercio - IPE se registró que en el mercado laboral las mujeres trabajan principalmente en los sectores servicios (42%) y comercio (26%), a diferencia de los hombres, que se ocupan en la actividad agrícola (27%) y servicios (24%)”. Dado estos casos se plantea la siguiente interrogante: ¿Se evidencia discriminación laboral de género en las empresas peruanas?, para lo cual, sí considero que la discriminación laboral de género está presente en las empresas peruanas. A continuación, se fundamentan los argumentos que justifiquen la postura antes asumida.
Sí considero que existe discriminación laboral de género, puesto que, actualmente hay una diferencia entre el salario de los hombres y las mujeres. La brecha salarial por género en el Perú aún persiste, lo cual genera ingresos desiguales entre hombres y mujeres. Así lo precisó un informe del IMEI entre abril 2019 y marzo 2020, reportando que el ingreso promedio de las mujeres representa el 72.4% del ingreso de los hombres. Sumado a esto en el 2018 en el estudio de ENAHO reportó que el salario promedio mensual de una mujer fue de S/1.135, mientras que el de un hombre fue S/1.588. Con ello, la brecha salarial ascendió a 28,5%. Además, según el informe “Perú Brechas de Género 2019” la brecha salarial más amplia se produce en Pasco, Moquegua y Arequipa debido a actividades que desempeñan cada uno ya sea minera o agrícola. Por último, el caso GETTY (2019) en RPP en el cual se señala: “Mujeres trabajan 24 horas más en el hogar sin recibir pago alguno”.
Así también, considero que existe discriminación laboral de género en el trabajo, porque la participación laboral femenina es limitada en las empresas peruanas. Por participación laboral nos referimos a la intervención activa y fundamental de manera equitativa entre mujeres y hombres en una actividad laboral para el crecimiento, progreso y el logro de los objetivos comunes. Por un lado, de los 12 millones de mujeres en edad de trabajar en el país, solo el 61% está ocupada. En tanto, esta proporción es de 78% en el caso de los hombres manifestó PEA en el 2018. Por otro lado, IPE en el 2019 afirma que el 39,6% de mujeres cuenta con empleo asalariado, frente al 51,7% de los hombres y el 15,3% de las mujeres tiene un trabajo familiar no remunerado en comparación al 4,9% en el caso de los hombres. En conclusión, reafirmo que la discriminación laboral de género está presente en las empresas peruanas, debido a que se distingue una diferencia salarial entre hombres y mujeres y una limitada participación femenina en el trabajo. Además, desde mi punto de vista, la brecha salarial no solo implica el pago igualitario sino también la calidad del trabajo, lo cual permite promover la equidad de género en ámbitos laborales fortaleciendo lazos sociales con el fin de obtener un mejor trato igualitario aboliendo la discriminación. En ese sentido, destacando una posible solución, se debe optar por normativas más sociales de asesoramiento a mujeres y la creación de nuevas entidades que eviten la discriminación laboral eliminando así muchos estereotipos.

 







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